24/08/2018

Código de policía sobre convivencia y mantenimiento

Ley 1801 de 2016, por la cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia:

Capitulo II, Titulo III, del derecho de las personas a la Seguridad y a sus Bienes, Capitulo II de la Seguridad en los Servicios Públicos, artículo 28: Comportamientos que afectan la seguridad y bienes en la relación con los servicios públicos:

“(…) 4. No reparar oportunamente los daños ocasionados a la infraestructura de servicios públicos domiciliarios, cuando estas reparaciones corresponden al usuario (…)”

Título VII, de la Protección de Bienes Inmuebles, Capítulo I de la posesión, la Tendencia y las Servidumbre, Artículo 77: Comportamientos contrarios a la posesión y mera tendencia de bienes inmuebles

“(…) 2. Perturbar la posesión mera tendencia de un inmueble o mueble por causa de daños materiales o hechos que le alteren, o por no reparar las averías o daños en el propio inmueble que pongan el peligro, perjudiquen o molesten a los vecinos (…)”

Con base en lo anterior, de presentarse una afección generada por un tercero, se debe acudir al debido proceso ante una Inspección de Policía, toda vez que son una contravención a la norma en mención.

En relación a terminación de contratos, el artículo 24 de la Ley 820, de 2003, establece las causales de la culminación del contrato de arrendamiento por parte del arrendatario de manera unilateral, por lo que citamos:

“(…) 2 La incursión reiterada del arrendador en procederes que afectan gravemente el disfrute cabal por el arrendatario del inmueble arrendado, debidamente comprobada ante la autoridad Policiva”

En conclusión, las humedades en los inmuebles y por ende las reparaciones de estas, son total responsabilidad del propietario del inmueble. En caso de afectaciones de terceros, tanto el arrendador como el arrendatario podrán efectuar las gestiones para que se dé el debido trámite policivo. Es deber de la Agencia de Arrendamientos proporcionar entre las partes, los trámites y gestiones para que se garanticen reparaciones necesarias que aseguren y faciliten el arrendamiento y para mantener el buen estado del inmueble una vez arrendado.